Pensamiento lateral
Fascismo caribeño: la Ley Magisterio (antimanifestación).
Por: Miguel Á. Martínez Castillo (*)
La libertad, Sancho, es
uno de los más preciosos dones que a los hombres dieron los cielos;
con ella no pueden
igualarse los tesoros que encierran la tierra y el mar:
por la libertad, así
como por la honra, se puede y debe aventurar la vida.
Miguel de Cervantes
Saavedra (1547-1616). Escritor español.
No
tardó mucho tiempo para que el gobierno del estado, a través de su mayoría en
el congreso local aprobara la polémica Ley de Cultura Cívica del estado de
Quintana Roo (que fue modificada en su denominación por la Comisión de Puntos
Legislativos y Técnicas Parlamentarias a Ley de Ordenamiento Social del estado
de Quintana Roo) que representa la respuesta del régimen hacia los ciudadanos
que deseen manifestarse o expresarse en contra de sus decisiones. Este documento, al cual sobre nombro Ley Magisterio, tiene su argumento: derivado
de las grandes e inéditas manifestaciones expresadas por el sector magisterial,
el gobierno buscó establecer un mecanismo legal que le permita legitimar el uso
de la fuerza y el control sobre futuros eventos similares, misma que encontró a
través da la Ley Magisterio. Sin duda que esta iniciativa lleva
dedicatoria.
El
argumento central de esta ley descansa en que debe garantizarse la libre
circulación de las personas que son ajenas a las manifestaciones, así como
garantizarles su buen destino a sus centros de trabajo y el de cuidar los
espacios que son o representan, en términos económicos, un importante activo
para el estado, verbi gratia aquellas
destinadas al turismo. En este mismo
orden, pretende también darle al manifestante la oportunidad de llevar a cabo
sus actividades pero bajo controles muy complejos.
La
ley, en su ordenamiento empieza con definir algunos conceptos, mismos que me
parecen interpretados de manera equivocada; uno de ellos es el significado que
le da el legislador al concepto manifestación. Textualmente, el artículo 3 lo describe como la reunión concertada y transitoria de
personas en espacios públicos con la finalidad de reclamar algo o expresar su
protesta por algo que pueda perturbar la paz y tranquilidad, el normal
desarrollo de las actividades de los pobladores o el tránsito en las vías
públicas del Estado de Quintana Roo.
Lo
que me indica el texto anterior es que, de manera a priori, se está definiendo a la manifestación como algo negativo,
capaz de quebrantar la paz y la armonía social, cuando no siempre suele suceder
así como lo enuncia el artículo. Las
manifestaciones pueden tener finalidades distintas y no limitarse únicamente a
expresar o reclamar alguna temática, y aún que así fuera, ésta puede
desarrollarse de una manera pacífica, sin necesidad de perturbar la paz y el
desarrollo de las actividades.
En
segundo lugar, llama poderosamente la atención lo que el artículo 17 señala; en
dicho texto se delimita o restringe los espacios a los cuales los manifestantes
pueden expresarse: Las personas que
realicen manifestaciones o marchas, podrán hacer uso de las vías públicas,
salvo las que sean consideradas vías públicas primarias, las cuales solo podrán
utilizarse para que las manifestaciones o marchas puedan cruzar de una vía a
otra, puedan conectarse entre vías públicas secundarias o cuando sea la única
ruta de acceso al punto de concentración o del plantón , siempre y cuando sea
de manera pronta y momentánea. Es decir, que no en cualquier lugar se podrá
uno manifestar y si se llegara a hacer en una vía considerada como “primaria” deberá
abstenerse de llevar a cabo su actividad o de lo contrario la fuerza pública
los ubicará en su lugar.
Y el
asunto no descansa ahí. Los
manifestantes solo podrán usar la mitad de la calle –en aquellas donde se les
permita- y la otra parte dejarla libre para el tránsito vehicular y, en caso de
existir acotamientos, deberán ajustarse a ellos, dejando libre la calle para el
paso de los vehículos.
Caso
similar es con el garantizarles a las personas trabajadoras su libre acceso a
sus centros de empleo cuando las manifestaciones tengan lugar en edificios
públicos o privados donde exista planta laboral. De igual manera, quedan estrictamente
prohibidos manifestarse junto a espacios públicos con valor histórico,
cultural, turístico, arquitectónico o que signifique para el estado una
importancia para su desarrollo.
Ahora
bien. Desarrolle el siguiente escenario:
imagine por un momento, que tiene pensado llevar a cabo una manifestación en la
ciudad y ha convocado a más de un centenar de activistas para quejarse del alza
de impuestos que el gobierno está aplicando a los ciudadanos y que no se ven
reflejados en acciones u obras de infraestructura. Ante el incremento de los precios de la
gasolina y más recientemente de la homologación del IVA al 16%, la situación
económica es insostenible y han decidido salir a las calles a exigir soluciones
y presionar al gobierno a adoptar medidas que contrarresten tales acciones.
Todo
está debidamente organizado: lonas, pancartas, sonido, autos, personas,
disfraces, etc., todo aquello que haga atractiva su manifestación. Pero no contaba con lo que le voy a comentar:
dos días antes de iniciar su marcha, tiene –no debe, tiene- que dar aviso por
escrito a la Secretaría de Gobierno del estado y a la Secretaría General del
Ayuntamiento respectivo en el cual deberá incluir sus datos personales como
nombre completo, número telefónico, e-mail, identificación oficial, el lugar
donde tiene pensado llevar a cabo su manifestación, los puntos de encuentro y
la ruta que usarán, el día y hora de la manifestación así como cuáles son sus
motivos para llevarla a cabo. Todo bajo
el amparo del artículo 27.
Pero
ahí no termina. Tiene que esperar a que
la autoridad de su visto bueno o en su caso le “sugiera” mover de lugar su
manifestación o modificar la fecha y hora del mismo. Imagínese en qué aprieto lo metería si
deciden pedirle que mueva de lugar, fecha y hora su evento, con apenas menos de
48 horas para avisarle a sus demás compañeros.
Peor aún, no se le ocurra cerrar o bloquear algún acceso porque está
estrictamente prohibido (artículo 22) y puede hacerse acreedor a una sanción
que puede ser incluso económica y que van desde los 40 hasta los 5 mil salarios
mínimos.
Pero,
¿qué pasaría entonces si usted decide participar en una elección? Le gusta la vida de los partidos políticos o
por su cuenta decide irse de candidato ciudadano para algún cargo. Sale a la calle a pedir el voto del ciudadano
y quiere hacer alguna caravana para promover su imagen. ¿Cómo cree que actuaría
la autoridad si usted es un cercano puntero a ganar pero no forma parte del
partido político que llevó a ese gobierno al poder? Con la nueva ley, usted no podrá hacer
campaña mediante caminatas o caravanas vehiculares en calles primarias o
estratégicas para la circulación de automóviles, tendrá que irse a otro lado y
ajustarse a las medidas restringibles que le señala la ley. Y, para cerrar, ¿qué pasará con el carnaval?
¿Lo moverán a calles que no son consideradas primarias y usarán únicamente la
mitad de las avenidas en las cuales se les permita su recorrido?
Este
es, en un contexto general, el contenido y fin de la Ley Magisterio. Usa además,
como argumento para su aprobación los eventos del año pasado en donde se
bloquearon carreteras, zonas turísticas y se llevaron a cabo multitudes
manifestaciones sobre las avenidas principales de Chetumal y Cancún. Por primera vez en la historia, un sector que
nació del brazo y al amparo del sistema corporativo priísta –el SNTE-,
evidenció los abusos, omisiones y equivocaciones de un gobierno que no escucha
sino impone, no atiende sino ordena.
La
acción de los maestros no sólo generó la evidencia de un gobierno desgastado
sino también representó fuente de inspiración y motivación para otros sectores
que, viendo la coyuntura, salieron a las calles a denunciar otro tipo de abusos
que vincula al gobierno: aquellos que fueron afectados y, sin considerar los
mecanismos legales, fueron despedidos de la nómina gubernamental sin siquiera
haber pensado en una política alternativa que amortiguara la ola de
desempleados; aquellos que han trabajado en las guarderías y denunciaron las
grandes carencias laborales y salariales por las que atraviesan; los policías
que piden mejores condiciones salariales y de seguridad social para ellos y sus
familias, por solo señalar algunos.
Me
resulta increíble pensar que, poniéndome en el lugar del manifestante, tenga
que verme obligado no solo a comunicar a la autoridad en dónde voy a estar, qué
voy a protestar, cuándo y a qué hora lo llevaré a cabo y, más aún,
proporcionarle mis datos personales. Es
como si voluntariamente les diga: “aquí están mis datos para que después de la
marcha, sepan dónde y cómo localizarme por si hay algún disturbio, me finquen
responsabilidades y me arresten.”
Esperar
todavía a que me sea autorizada la ruta, fecha, lugar y hora de la
manifestación por parte de la autoridad, me resulta totalmente fuera de
contexto legal. En opiniones que he
leído de especialistas en materia de derechos humanos afirman que lo que se
debe regular no es precisamente la manera en cómo el gobierno puede justificar
el uso de la fuerza para disuadir y controlar la libertad de manifestación, o
la de garantizar el derecho de libre tránsito; la finalidad de una ley de este
tipo debe garantizar el derecho de ambos, tanto del que se está manifestando
como el de aquel que desea circular libremente.
Establecer restricciones para aquellos que desean expresar sus ideas
hace pensar que en lugar de un gobierno tuviéramos a la Gestapo vigilando
nuestros pasos. Es irónico e incluso
hasta insultante que tenga, como ciudadano, tener que avisarle al gobierno que
me voy a manifestar en contra de ellos por sus malos resultados.
Tratándose
de una ley que implica garantías y libertades individuales, el debate a fondo
del tema no puede quedarse limitado únicamente al congreso, quien de por sí no
hizo lo mínimo propio: no hubo ese debate, no hubo consulta, no hubo diálogo,
no hubo inclusión de ideas. Todo fue fast track. Si así es el estilo de
gobernar, ¿qué se puede esperar entonces cuando empiecen a regular las
manifestaciones? ¿Hasta dónde llegará su
tolerancia?
Hoy,
Quintana Roo hace historia por ser el último estado que presenta una ley de
esta naturaleza pero el primero en aprobarla.
Existe una similar en el Congreso de la Unión que busca regular las
manifestaciones en el Distrito Federal.
Debatible también porque se trata de un contexto totalmente diferente al
nuestro. Ahí, tan solo en 2012 se
presentaron 7,319 manifestaciones, generando más de 1,700 millones de pesos en
pérdidas. Pero hablamos de una ciudad
que alberga a más de 20 millones de habitantes, concentra los poderes de la
federación y del propio gobierno local y es sede de múltiples embajadas,
consulados y representaciones de gobiernos locales.
A
final de cuentas, nuestra entidad ya lleva ventaja como uno de los que
promoverán y legalizarán la represión.
Al mismo tiempo, esta acción representa la primera prueba de fuego para
que el nuevo Presidente de la Comisión de los Derechos Humanos en el estado, se
manifieste y exprese su punto de vista jurídico ante la ley que recientemente
se acaba de aprobar. Sin duda que existe
una vulneración clara a los derechos humanos.
Estamos al borde de un nuevo concepto en la Ciencia política: el
fascismo caribeño.
El tintero.
Regidores del PAN
en Othón P. Blanco presentarán una denuncia formal ante la contraloría
municipal en contra del ex presidente municipal Carlos Mario Villanueva Madrid
por daños al erario público. Existen sin
duda, evidencias claras de omisiones y arbitrariedades que generaron un daño a
la hacienda pública. Ojalá la autoridad
no se convierta en defensora esta vez.
Luego del homicidio
del que fue víctima el regidor del PT, Marco Antonio May Molina, dicho partido
político volvió a ser objeto de llamar la atención. El día de ayer el militante Gerardo Alfaro
desapareció y se presume que fue secuestrado.
La sospecha gira en torno en que esta persona era cercano colaborador
del hoy extinto regidor. Con tan pocos
militantes, el PT corre riesgo de volverse un partido en peligro de extinción.
(*) Internacionalista,
analista político y comentarista en el programa radiofónico SIPSE Café del 95.3
de FM.
Visita www.columnapensamiento.blogspot.mx
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