Pensamiento lateral
Claroscuros en la nueva Ley de Derechos Humanos de
Quintana Roo.
Por: Miguel Á. Martínez Castillo (*)
¿Por qué me piden ponerme un uniforme e
ir a 10000 millas de casa y arrojar bombas y tirar balas a gente de piel oscura
mientras los negros de Louisville son tratados como perros y se les niegan los derechos
humanos más simples? No voy a ir a 10000 millas de aquí y dar la cara para
ayudar a asesinar y quemar a otra pobre nación simplemente para continuar la
dominación de los esclavistas blancos.
Muhammad Alí. (Ex campeón mundial de boxeo).
El
congreso del estado de Quintana Roo finalmente hizo pública la convocatoria
para designar al presidente de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos por
los siguientes cuatro años. Lo hace en
medio de una reciente reforma a su ley estatal que, bien o mal, ha dejado
claroscuros y vacíos que pudieron ser atendidos y contemplados en su análisis.
Puedo
afirmar lo anterior porque tuve el privilegio de elaborar, en coordinación con
otros colegas, el proyecto de reforma a la ley de derechos humanos del
estado. En un inicio, como lo he escrito
en anteriores columnas (véase La impostergable reforma a los
Derechos Humanos en www.columnapensamiento.blogspot.mx)
señalé importantes deficiencias que presenta la ley estatal, entre ellas una
falta de armonización por las reformas hechas en junio de 2011 a nivel federal,
que le dan a la Comisión Nacional, entre otras atribuciones, atraer casos
locales y considerar los derechos laborales como parte de su ámbito de
competencia.
Tras una lectura
minuciosa a la reforma aprobada, existen ciertamente avances, vinculados a la
transparencia, atribuciones de la Comisión, de su Presidente, así como una
simplificación en su burocracia interna.
Estos temas eran necesarios atenderlos y más aún actualizarlos, aunque
varios de ellos resultan más de forma que de fondo.
Uno de los elementos
torales de esta reforma consistió en robustecer los requisitos para ser
Presidente de la Comisión. Ahí, de
manera personal, considero que estaba la clave de todo. Antes de aprobarse la nueva ley, cualquier
ciudadano que fuese dirigente de algún partido político, ministro de culto,
incluso secretario o subsecretario de estado, podía ser Presidente de la
Comisión. Existía, pues, una clara
incongruencia puesto que la Comisión, de entre sus múltiples atribuciones,
emite recomendaciones, en su mayoría, al propio gobierno, y no hay que ir tan
lejos que la gran mayoría de los casos de abusos o presuntas violaciones a los
derechos humanos se dan en el ámbito gubernamental.
En consecuencia de lo
anterior, ¿qué pasaría si un Director, o Subsecretario de estado, de cualquier
dependencia de gobierno decide postularse como Presidente de la Comisión y que,
tras su designación se presente un caso de violación a los derechos humanos que
involucre a ex colaboradores en el cargo que recién dejó? Sin duda alguna que el ejemplo anterior daría
pie a un inminente conflicto de intereses.
Ahí descansa,
precisamente, la intención de haber propuesto más candados al perfil de
Presidente. Adicional a ello, tampoco se
contemplaba contar con experiencia en el tema.
No dudo que pueden existir personas que, sin contar con experiencia en
el ámbito de los derechos humanos, pueden llegar a tener una buena labor
siempre y cuando exista la voluntad de hacer las cosas, pero contar con la
herramienta o la formación adecuada para su ejercicio creo que es aún mejor.
El fin que se buscó en
el proyecto que se presentó era el de ciudadanizar
el cargo, que participe no solo los grupos parlamentarios sino también la
sociedad civil organizada. La reforma
tomó en cuenta esta propuesta y la anexó pero con limitantes. Prueba de lo anterior se demuestra que las
organizaciones civiles podrán presentar propuestas al cargo, contando con 5
días naturales cuando anteriormente se les daba 10 días. A esto, también se agregó que solo una
propuesta podrán registrar. Esto sin
duda, limita en tiempo y número su participación.
Otro de los elementos
importantes que la reforma tomó en cuenta fue los supuestos en los cuales los
integrantes del Consejo Consultivo dejarían de ejercer su cargo. Esto incluye al propio Presidente puesto que
él lo preside. Anteriormente, la ley
únicamente contemplaba elementos que estaban ligados a la ley estatal de
responsabilidades de los servidores públicos.
Con la reforma se anexaron otros más: por razones de salud, por haber
sido condenado mediante delito, por concluir su encargo, fallecimiento, etc.
Sin embargo, la
reforma no incorporó un capítulo que a mi juicio es importante: el de
presupuesto y patrimonio. El proyecto
inicial contemplaba que la Comisión tuviera independencia para la elaboración,
presentación, seguimiento y control de su presupuesto, así como también
delimitar el contenido de su patrimonio, llámense bienes muebles e
inmuebles. Una particularidad que se
hizo sobre el presupuesto fue que éste no disminuyera tras cada ejercicio
fiscal, es decir, que fuera en constante aumentos con base en criterios
razonables.
Un punto más que llama
la atención es que desapareció una de las dos secretarías que integra la
Comisión Estatal. Anteriormente, la
Comisión contaba con una secretaría técnica y una ejecutiva. Sin embargo, tras un análisis en sus
funciones, se detectó que una de ellas –la ejecutiva- realizaba actividades
propiamente de difusión y comunicación social, mismas que podían ser concentradas
en la Dirección encargada de relacionarse con los medios informativos. En consecuencia, existía una duplicidad de
funciones.
A todo lo anterior se
agregan las reformas que se hicieron a nivel federal y que debía armonizarse
desde 2011. Queda, por consiguiente,
esperar cómo resultará la primera prueba de esta reforma que, insisto, poseía
grandes cambios de fondo pero que fue acotada por la mayoría parlamentaria en
el congreso local, pero más aún es importante saber qué perfil tomará el
asiento de un organismo al cual no se le ha dado el lugar ni el respeto que
debe atribuírsele.
Principales
reformas a la Ley de la
Comisión de los Derechos Humanos del estado de Quintana Roo.
Fuente: elaboración propia.
El tintero.
En el marco del Día
Internacional de la Mujer, existen todavía grandes claroscuros que nos obligan
a ni siquiera pensar en el hecho de celebrar, como algunos señalan. Creo que el término adecuado sería
conmemorar, puesto que no puede desecharse la labor de muchas mujeres que
defendieron su legítimo y legal derecho a condiciones igualitarias en el
trabajo, los espacios de elección popular, entre otros. Hoy en día México vive 6 asesinatos diarios a
mujeres, y en Quintana Roo, diariamente, se lleva a cabo 1 violación, lo que
nos pone en primer lugar nacional en dicho tema.
El congreso local
en Quintana Roo ya tiene el registro de 11 aspirantes a la Comisión Estatal de
los Derechos Humanos. Llama la atención
dos cosas: solo hay 3 mujeres y también hay 3 servidores públicos, un subsecretario
y dos directoras ligadas a la Procuraduría de Justicia del Estado que, por
cierto, fue la dependencia con mayor número de recomendaciones que recibió del
organismo estatal. Esperemos a conocer
lo que opinen los legisladores, puesto que podría darse un conflicto de
intereses.
(*) Internacionalista,
analista político y comentarista en el programa radiofónico SIPSE Café del 95.3
de FM.
Visita www.columnapensamiento.blogspot.mx
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