Pensamiento lateral.
Candidatos independientes ante el 2016.
Por:
Miguel Á. Martínez Castillo. (*)
En tiempos de
corrupción es cuando más leyes se dan.
Étienne Bonnot de Condillac (1715-1780). Filósofo
y economista francés.
Los legisladores y gobernantes locales nunca imaginaron el crecimiento en
el corto plazo, de la alternativa de los candidatos independientes. Irónicamente, un candidato sin partido –así lo
he señalado y aún lo ratifico- como Jaime Rodríguez “El Bronco” abrió la caja
de pandora para dar paso a muchos
aspirantes para ocupar un cargo de elección popular.
No hay duda que el denominado efecto Bronco
fue observado e interpretado como un factor de división del voto y una amenaza
al status quo local. En consecuencia, los gobiernos estatales empezaron
a cerrar puertas para evitar la llegada de la ola independiente. Actualmente, hay 5 entidades que han
endurecido sus políticas para complicar el camino a aquellos que pretendan buscar
una candidatura independiente: Chihuahua,
Sinaloa, Puebla, Quintana Roo y Veracruz reformaron sus legislaciones
electorales para establecer severos candados y restricciones que rebasan
incluso la iniciativa federal.
¿Por qué estas entidades han establecido duras medidas para empedrarles
el camino? Yo encuentro tres razones: la primera, que en algunas entidades se
obtuvieron triunfos importantes que despertaron el interés por incursionar en
esta vía, restándole votos a los partidos tradicionales principalmente; segundo,
que los 5 estados tendrán elecciones en 2016 y todos elegirán Gobernador y;
tercero, que ante la fuerte competencia interna que puede existir, quienes
decidan tomar la vía independiente por no haber sido nombrados candidatos, no
hallen en ésta una forma de postularse. Si
en algo han coincidido los partidos mayoritarios –a nivel local- es impedir que
aquellos militantes que no hayan quedado satisfechos por los resultados de sus
procesos internos, encuentren en la candidatura independiente una salida
próxima para, o postularse o simplemente dividir la votación en una elección
constitucional.
El resultado histórico que obtuvo El
Bronco en Nuevo León (sus votos fueron superiores incluso sumando los del
PAN y PRI), así como Manuel Clouthier Carrillo en Sinaloa, Pedro Kumamoto en
Puebla y Alfonso Martínez Alcázar (donde militó por 22 años en el PAN) en
Morelia, generaron reacciones encontradas, particularmente en Puebla y Quintana
Roo, quienes, desde mi particular punto de vista, poseen las leyes más
restrictivas para los candidatos independientes.
¿Cuáles son estas medidas aplicadas por las legislaturas locales? Es importante mencionar, antes de entrar al
fondo del estudio de las legislaciones estatales en materia electoral que,
quienes ayer impulsaron las candidaturas independientes en lo federal, a nivel
local su actuar es opuesto: el PRI en Veracruz, Sinaloa, Chihuahua y Quintana
Roo, y el PAN en Puebla.
Un primer requisito que exige la legislación federal electoral es el período
para recabar firmas de apoyo a la candidatura independiente. Para el caso del Presidente de la República se
establecieron 120 días, mientras que para Senador y Diputado Federal 90 y 60
días, respectivamente. Acto seguido, el
porcentaje de respaldo que pide la ley es de 1% del listado nominal para el
caso del Presidente (que además debe constituir el 1% en por lo menos 17
entidades), 2% del listado nominal para el caso de Senadores (constituyendo 1%
en por lo menos la mitad de los distritos de la entidad) y 2% del listado
nominal para Diputados Federales (integrándose con el 1% de la mitad de las
secciones del distrito).
Otro aspecto que destaca la legislación federal es el emblema y color que
deben diferenciarse de los partidos políticos: 1. La propaganda electoral de los Candidatos Independientes deberá
tener el emblema y color o colores que los caractericen y diferencien de otros
partidos políticos y de otros Candidatos Independientes, así como tener visible
la leyenda: “Candidato Independiente”.
Con estas bases para la regulación de las candidaturas independientes, y previo
y posterior a las elecciones de junio de 2015, las 5 entidades mencionadas decidieron
modificar sus normatividades pero con endurecidas medidas que van contra el espíritu
de la propia ley federal. Quintana Roo
es, sin duda, la entidad que más restricciones ha puesto a las candidaturas
independientes, seguida por Puebla, que recientemente aprobó una reforma
similar a la quintanarroense a finales del mes de agosto.
Comienzo con los detalles que reformó el Congreso de Puebla. Para ser candidato a
Gobernador por la vía independiente, un ciudadano requiere, en un lapso de 20
días, reunir el 3% de firmas del padrón electoral, mismas que deben estar
distribuidas entre las dos terceras partes de los 217 municipios de la
entidad. En términos numéricos, se
requieren 130,980 firmas que representa el porcentaje necesario de los 4.36
millones de electores en el padrón.
Caso similar es para los que aspiren a una diputación local o ser miembro
del Ayuntamiento: 20 días para obtener las firmas pero en el primer caso se
pide el 3% del padrón y en el segundo es aún más complejo, pues para municipios
con menos de 5 mil habitantes el porcentaje debe ser del 5% y aquellos con más
de 5 mil habitantes será del 3%.
Otro elemento restrictivo –como lo es en el caso de Quintana Roo también-
es que los ciudadanos que decidan dar su firma de apoyo tienen que acudir a las
instalaciones del órgano electoral local. Adicionalmente, restringe a todo aquel que
haya militado en un partido –o haya sido dirigente- en el último año anterior a
la elección.
En Chihuahua, la situación
generó críticas al establecer 3 años como mínimo de no militar en un partido
político para aspirar a una candidatura independiente. Para recabar firmas tendrán 45 días para el caso
de Gobernador y 30 días para diputados locales y miembros de los Ayuntamientos. En el número de firmas deben reunir el 3% del
listado nominal para el caso de Gobernador, 3% para el de diputados locales y,
para el caso de Ayuntamientos éste varía desde el 3 hasta el 10% del listado
multicitado.
Veracruz establece
60 días para recabar firmas a quien desee ser candidato a Gobernador y 30 para
diputados y miembros de Ayuntamientos. Todos
ellos deberán obtener como mínimo firmas equivalentes al 3% del listado nominal. Sinaloa
establece una distinción particular en el período de recolecta de firmas: 40
días para los aspirantes a Gobernador, 40 días para diputados y Ayuntamientos
cuando coincida con elección de Gobernador y 30 días cuando se trate de
elecciones intermedias. Para los 3
cargos se piden firmas equivalentes al 2% del listado nominal con sus
respectivas condiciones. Se distingue de
establecer por lo menos 60 días antes de la convocatoria a elecciones, de no
militar o dirigir un partido político.
Finalmente, Quintana Roo, que
tiene la legislación más rígida, compleja y complicada para los candidatos
independientes, establece períodos muy cortos para la recopilación de firmas:
para Gobernador 21 días, mientras que para Ayuntamientos 15 días y Diputados
locales 12 días para recopilar el equivalente al 2% del padrón electoral. En el mismo caso que Puebla, los ciudadanos
deben acudir personalmente al órgano electoral para manifestar su apoyo. Finalmente, de los aspirantes a un mismo
cargo, sólo quedará registrado aquel que haya obtenido más firmas de apoyo para
la candidatura independiente.
CARACTERÍSTICAS
DE LAS LEGISLACIONES ELECTORALES ESTATALES
SOBRE CANDIDATURAS
INDEPENDIENTES
Fuente: Elaboración propia.
El próximo año 13 entidades tendrán procesos locales y 12 de ellas
renovarán gubernatura. Por lo pronto, 5 de
ellas han endurecido sus medidas y pretenden garantizar que aquellos que vayan
por la vía alterna, sin el respaldo de un partido, tengan un camino muy difícil
que recorrer. ¿Bajo qué criterios
definió el legislador, por ejemplo, que en Quintana Roo un ciudadano reúna en
un período de 12 días el 2% del padrón electoral del distrito 01 con cabecera
en Playa del Carmen, que supera los 550 mil empadronados? Es decir, que para
aspirar a ser candidato independiente, deberá reunir diariamente 917 firmas
para obtener las 11 mil que requiere por ley.
No es de omitir que dicho distrito es el segundo más grande del país.
O, ¿cómo asimilar que para obtener el respaldo de un ciudadano, éste
tenga que acudir a los centros que designe el órgano electoral para manifestar
su apoyo? No dudo que el efecto que generaron los 22 candidatos independientes
en el pasado proceso electoral dejó a más de un gobernante preocupado ante la
inminente sucesión gubernamental. No dudo
tampoco que en el futuro inmediato, los gobiernos locales radicalicen aún más
su postura con respecto a las candidaturas independientes. Sería un retroceso al propio espíritu
reformador que a nivel nacional se está impulsando. Contribuyen, (in)conscientemente, a generar
un mayor rechazo social hacia la figura del sistema de partidos en el
país. Ojalá esta tendencia se revierta.
El tintero.
Mientras se concluía esta columna, el Presidente de la República hizo
enroque en 7 Secretarías de Estado: Renato Sales será el nuevo titular de la
Comisión Nacional de Seguridad, en sustitución de Monte Alejandro Rubido; José
Calzada, Gobernador saliente de Querétaro, estará al frente de SAGARPA; José
Reyes Baeza, ex Gobernador de Chihuahua, ocupará la Dirección del ISSSTE;
Francisco Guzmán será el nuevo Jefe de la Oficina de Presidencia, en
sustitución de Aurelio Nuño Mayer, quien a su vez tomará la SEP en lugar de Emilio
Chuayffet; Rafael Pacchiano a SEMARNAT; José Antonio Meade entrará a SEDESOL en
lugar de Rosario Robles, quien a su vez irá a SEDATU para sustituir a Jesús
Murillo Karam; Claudia Ruiz Massieu deja SEDETUR para tomar la SRE; y Enrique De
la Madrid tomará la SEDETUR.